martes, 23 de diciembre de 2008

Agentes Aduanales - Personas Jurídicas

Institución donde se realiza: Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT)

Dirección: Plaza Venezuela, Unidad de Regímenes Aduaneros, División de Operaciones Aduaneras

Requisitos:

  • Personas jurídicas domiciliadas en el país

Recaudos:

  • Constancia de no tener deuda pendiente de carácter fiscal aduanero firmada por la Gerencia de Aduanas en la cual gestiona
  • Declaración Jurada notariada de los socios
  • Listado de (las) persona(s) natural(es) autorizada(s) como agentes de aduana, para actuar en cada Gerencia de Aduana Principal en la cual gestionará
  • Original de la fianza de fiel cumplimiento. Una fianza por cada oficina aduanera en la cual va a operar indicando como acreedor al Fisco Nacional por órgano de la Aduana Principal respectiva, de conformidad con lo señalado en los artículos 35, 36 y 144 de la Ley Orgánica de Aduanas, en concordancia con el numeral 6 del Artículo 1 de la Resolución del Ministerio de Hacienda, Nº 2170 de fecha 3-031993
  • Copia de la Constancia de Calificación de la empresa emitida por la Superintendencia de Inversiones Extranjeras (SIEX)
  • Fotocopia de la Cédula de Identidad de los socios y Administradores de la Sociedad
  • Currículum Vitae de los Administradores de la Sociedad
  • Copia Certificada de conocimiento y capacidad técnica en materia aduanera de los administradores de la sociedad. Esta debe estar conformada por lo menos en un 25% conocimiento aduaneros de conformidad con lo establecido en el Art. 3 de la Resolución Nº 2170 del 03-031993: a) egresado de la Escuela de Aduanas, creada mediante decreto No. 322 de fecha 28 de julio de 1958. b) Técnico Superior Haciendista o Licenciado en Ciencias Fiscales, egresado de la Escuela Nacional de Administración y Hacienda Pública. c) Técnico Superior en Administración Aduanera o en Comercio Exterior, egresado de Instituto de Educación Superior reconocido por el Ministerio de Educación. d) Profesional universitario en una carrera que otorguen conocimiento que capaciten para ejercer la actividad aduanera. A tal efecto la Dirección General Sectorial de Aduanas elaborará un listado indicativo de las profesiones admitidas. e) Egresados de otras instituciones académicas que tengan o hayan tenido reconocimiento de validez oficial de estudios con certificado de capacitación en materia aduanera y a la vez hayan sido autorizados para actuar como capacitadores aduaneros para la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución
  • Copia de la(s) constancia(s) de domicilio comercial emitida(s) por la autoridad competente en cada jurisdicción (prefectura) con vigencia de por lo menos seis(6) meses
  • Número del R.I.F. y Cédula de Identidad
  • Copia certificada (con sellos húmedos) del Registro Mercantil
  • Copia certificada (con sellos húmedos) de las modificaciones efectuadas al Registro Mercantil, si fuere el caso
  • Capital Social pagado no inferior a un millón de bolívares (Bs.1.000.000,00) por cada Aduana en la cual gestiona hasta un máximo de cinco millones de bolívares (Bs. 5.000.000,00).
    Nota importante: La Aduana de La Guaira y la Aduana Aérea de Maiquetía se consideran una sola oficina aduanera a los fines de este requisito
  • Original de los Estados Financieros auditados por un Contador Público colegiado y visados por el Colegio de Contadores Públicos de los ejercicios económicos de la sociedad
  • Copia de las Declaraciones del Impuesto sobre la Renta correspondiente a los ejercicios anteriores
  • Copia de la Patente de Industria y Comercio de la jurisdicción de cada una de las gerencias de aduanas en la cual gestionarán
  • Copia del título de propiedad o contrato de la agencia aduanal, de cada arrendamiento de local donde funcionará en cada una de las jurisdicciones en donde operará debidamente notariada y suscrito a nombre de la Empresa

Horario de atención al público: De lunes a viernes 8 a.m. a 11.30 a.m.

Lapso de respuesta: Tres(3) meses

Tarifas: 150 U.T. en timbres fiscales después de aprobado

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